La Organización del Estado Panameño
ARTICULO 2. El poder público proviene del pueblo, y es ejercido por el Estado conforme a lo que dicta nuestra constitución política, y esto se realiza médiate el Órgano Legislativo, Ejecutivo y Judicial, los cuales deben actuar de manera limitada y separada, pero en una colaboración armoniosa. Nuestra República se basa en la división, control y equilibrio ente los tres poderes.
Los Órganos del Estado son 3:
- El Órgano Legislativo
-El Órgano Ejecutivo
-El Órgano Judicial
Los cuales están obligados a trabajar de forma separada, pero con la connotación que
los mismos deben estar en armónica colaboración. Ninguno de ellos debe intervenir en
la función de otro órgano, ya que cada uno tiene funciones diferentes y limitadas.
Funciones de los Órganos del Estado
El Órgano Legislativo
Compuesto por la Asamblea Legislativa quien a su vez está Constituida por 71
Diputados cada uno con un Suplente.
Para ser Elegido Diputado se Requiere: Ser Panameño por nacimiento o para más de
15 años de Naturalización, Ser Ciudadano en ejercicio, haber cumplido por lo menos 21
años de edad y no haber sido sentenciado por delito por 5 años de privación de
libertad.
Para ser elegido diputado es a través de sufragio popular.
Los Diputados serán investigados por el pleno de la Corte Suprema de Justicia por los
delitos que llegasen a Cometer.
La Asamblea tiene Funciones Legislativa, Administrativas y Judiciales.
Es Legislativas porque deben expedir, modificar, corregir Leyes.
Es Administrativas porque
deben examinar credenciales, nombrar a los magistrados del tribunal electoral y al
Contralor y al vice contralor.
Es Judiciales porque deben juzgar los delitos que llegasen a
cometer los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y las denuncias que se le
hagan al Presidente.
El Órgano Ejecutivo está compuesto por El Presidente, el Vicepresidente y Los
Ministros de Estados.
El Presidente y el Vicepresidente son elegidos por votación popular, los ministro son
nombrados por el Presidente ya que esta es una función del mismo.
El Vicepresidente tomara la función presidencia cuando el Presidente este de viajes o
por licencia.
Para ser Presidente y Vicepresidente solo requiere dos cosas:
Ser panameño por Nacimiento y Tener más de 35 años de Edad.
Hay una prohibición para ser presidente y es: “no haber sido sentenciado por delito por
5 años de privación de libertad”.
La reunión del Presidente, el Vicepresidente y los Ministros de Estados es el Concejo
de Gabinete, en el mismo el Vicepresidente solo tiene Voz.
El Órgano Judicial
Compuesta por la Corte Suprema de Justicia, tribunales y los jueces que la ley
establezca. La Corte de Justicia estará compuesta por Magistrados el número que la ley determine.
Para ser magistrados se requiere:
1. Ser Panameño por nacimiento
2. Tener más de 35 años de edad
3. Tener pleno goce de los derechos civiles y políticos
4. Ser graduado de derecho y haber inscrito el título universitario en la oficina que la ley
señale.
5. Tener más de 10 años de ejercer la abogacía.
Los magistrados y los jueces no podrán ser detenidos ni arrestados por cualquier
autoridad solo pueden ser arrestados por mandamiento escrito por la autoridad que le
corresponde para juzgarlos.
Los magistrados que comenten delitos serán juzgados por la asamblea de Diputados.